Anulada la ley de custodia compartida de Valencia

Anulada la ley de custodia compartida de Valencia. Siempre mencionamos que la custodia compartida es uno de los asuntos que más problemas puede presentar dentro del derecho de familia. La custodia de los hijos suele ser el tema principal de debate dentro del proceso de divorcio.

El Tribunal Constitucional, ha anulado en su totalidad la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.

Esta sentencia, no va a afectar a situaciones jurídicas consolidadas, es decir no va a tener ningún efecto en las sentencias que ya se hayan dictado sobre este tema.

La ley impugnada, se denomina comúnmente Ley de Custodia Compartida, tenía por objeto regular las relaciones familiares de los progenitores que no conviven con sus hijos menores, y la de éstos con otros familiares y personas allegadas, además de establecer la regla general de custodia compartida por ambos padres, aun con la oposición de uno de ellos.

Esta norma fue suspendida de forma automática por un recurso de inconstitucionalidad, pero esta suspensión fue posteriormente levantada por el Pleno mediante Auto de 22 de noviembre de 2011.

La cuestión se ciñe a la interpretación de los artículos 149.18 CE y 49.12 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana regulando la distribución de competencias entre Estado y Comunidad Autónoma en materia de Derecho Civil. En resumidas cuentas sobre quién tenía competencia para regular esta materia y quién debía promulgar este tipo de leyes.

Si nos ceñimos a las consecuencias de este pronunciamiento de inconstitucionalidad, destaca el propio Tribunal que no va a afecta a situaciones jurídicas ya consolidadas, esto es, a las decisiones adoptadas por los tribunales durante el tiempo de vigencia de la ley ahora anulada, y ello conforme al principio de seguridad jurídica.

Esto va a implicar que los regímenes de guarda y custodia establecidos judicialmente y adoptados bajo la supervisión del Mº Fiscal, van a continuar rigiéndose tal y como se haya establecido judicialmente, en atención al beneficio del menor.

En cuanto a los procesos que vaya a iniciarse sobre custodia compartida, deberán de realizarse se supone en virtud a la normativa anterior Valenciana o a la normativa nacional. Recordemos que esta sentencia es a nivel de la Comunidad Autónoma Valenciana y no a nivel nacional.

Anulada la ley de custodia compartida de Valencia

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